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Cairos para traductores e intérpretes

El programa de facturación para traductores e intérpretes

El artículo 20.Uno.26º de la Ley del IVA nombra expresamente a los traductores: cuando lo que entregas es una obra y cobras derechos de autor, la factura va exenta. Cuando es un manual técnico o una jurada, va al 21 %. Y encima medio sector cobra desde otro país, en otra moneda y a sesenta días.

Exento y sujeto separadosFacturas en otras monedasModelo 349 y ROI
erp.cairos.es
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7.420 €
Facturado este mes
4.180 €
Fuera de España
3
Monedas distintas
62
Días medios de cobro
F-2026/0188Editorial Duna · novela1.400,00 €Exenta · derechos
F-2026/0189Lexika GmbH (DE) · técnica2.310,00 €Sin IVA · ROI
F-2026/0190Northgate Inc. (US)$ 1.850,00No sujeto
F-2026/0187Jurada · particular96,80 €Vencida
Lo que cambia

Qué tiene de particular facturar en traductores e intérpretes

Un traductor tiene dos problemas que no comparte casi con nadie: una exención que depende de qué texto ha traducido, y una cartera de clientes repartida por medio mundo.

La traducción literaria puede estar exenta

El artículo 20.Uno.26º exime los servicios profesionales, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor, prestados por escritores, colaboradores literarios y traductores y adaptadores. La frontera no es el idioma: es si lo que entregas llega a ser una obra protegida. Una novela, sí; el manual de una lavadora o una traducción jurada, no.

La mitad de tus clientes no están aquí

A una agencia de otro país de la Unión Europea con NIF intracomunitario se le factura sin IVA español, con la mención de inversión del sujeto pasivo y declarándolo en el modelo 349, y para eso hay que estar en el ROI. A una empresa de fuera de la Unión, la operación no está sujeta: el artículo 69.Dos nombra expresamente los servicios de traducción, corrección o composición de textos y los prestados por intérpretes.

Te pagan en dólares y a sesenta días

Cuando se factura en otra moneda, el tipo de cambio que vale es el del día del devengo, y queda congelado en la factura por el artículo 79.Once. Lo que llegue al banco dos meses después será otra cifra: la diferencia es un resultado financiero, no un descuento ni un error de nadie.

Nadie te retiene, así que el 130 es tuyo

Si tus clientes son agencias extranjeras y particulares, ninguna de esas facturas lleva retención de IRPF. Como el modelo 130 se libra sólo cuando al menos el 70 % de tus ingresos vino retenido, un traductor con cartera internacional lo presenta prácticamente siempre.

El día a día

Cómo se lleva hoy y cómo queda con Cairos

El traductor no tiene un problema de volumen. Tiene un problema de dispersión: muchas facturas pequeñas, en cuatro monedas y con cuatro tratamientos de IVA distintos.

Foto real del puesto de trabajo de un traductor en España: dos pantallas con un texto original y su traducción, diccionarios de papel a un lado y auriculares. Luz de casa, sin rostros reconocibles.

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Sin Cairos

  • Todas las facturas salen al 21 %, también las literarias que iban exentas.
  • El tipo de cambio se pone el día que se cobra, no el del devengo.
  • El 349 se rellena a mano repasando las facturas de la carpeta.
  • Nadie sabe qué agencia debe qué desde cuándo, porque cada una paga distinto.
  • El 130 se calcula al final del trimestre, contando las retenciones a ojo.

Con Cairos

  • Cada servicio nace marcado como exento o sujeto y la factura sale sola.
  • La factura en otra moneda lleva el tipo del devengo y el equivalente en euros.
  • Las operaciones intracomunitarias salen ya clasificadas para el 349.
  • Los vencimientos por cliente y por divisa están a la vista, con aviso.
  • El 130 sale calculado, comprobando qué porcentaje de tus ingresos llevó retención.
Impuestos

Qué lleva IVA en una factura de traducción

Dos preguntas resuelven casi todas las facturas: ¿lo que entrego es una obra? y ¿dónde está mi cliente?

TrabajoIVAPor qué
Traducción literaria o editorial con cesión de derechos de autorExentaArt. 20.Uno.26º: nombra a los traductores y adaptadores entre los profesionales cuya prestación queda exenta.
Traducción técnica, comercial o de documentación21 %No hay obra protegida que ceder: la exención no llega.
Traducción jurada21 %Es una certificación con efectos oficiales, no una creación original.
Interpretación en una reunión, un congreso o un juicio21 %Servicio profesional ordinario.
Corrección y revisión de textos ajenos21 %No hay obra propia que ceder.
Cliente empresa de otro país de la UE con NIF intracomunitarioSin IVA españolSe localiza en destino: ROI, mención de inversión del sujeto pasivo y modelo 349.
Cliente empresa de fuera de la Unión EuropeaNo sujetoEl art. 69.Dos nombra los servicios de traducción, corrección o composición de textos y los prestados por intérpretes.
Cliente particular residente en España21 %, sin retenciónUn particular no retiene: no puede ingresarlo en ningún sitio.
Factura emitida en dólares o en librasEl tipo del día del devengoArt. 79.Once: el tipo de cambio se fija en el devengo y queda congelado en la factura.

Quien hace traducción literaria y traducción técnica a la vez tiene operaciones exentas y sujetas, y por tanto prorrata: no se deduce entero el IVA del ordenador, de los diccionarios ni del programa. Con la particularidad de que aquí la parte exenta suele ser la pequeña, así que conviene mirar si compensa la prorrata especial antes de dar el año por cerrado.

Los modelos que acabas presentando

ModeloCuándoPor qué en tu caso
303TrimestralSólo por la parte sujeta, y con la prorrata aplicada si haces también traducción literaria.
390EneroEl resumen del año, con la prorrata ya cerrada si haces también traducción literaria.
130TrimestralSi menos del 70 % de tus ingresos llevó retención. Con clientes extranjeros, siempre.
349Trimestral o mensualPor los servicios a empresas de la UE. Es mensual por defecto y sólo va trimestral si no pasas de 50.000 € en el trimestre ni en los cuatro anteriores.
036Antes de la primera factura intracomunitariaPara darte de alta en el ROI. Sin ROI no puedes facturar sin IVA a una empresa de la Unión.
111TrimestralSi subcontratas a otros traductores autónomos y les retienes.

Pruébalo con las facturas de tu actividad

Plan gratuito hasta 30 documentos al año, sin tarjeta. Y si no te sirve, tus datos salen contigo.

Preguntas de traductores e intérpretes

Depende de qué traduzcas. El artículo 20.Uno.26º exime los servicios profesionales de los traductores y adaptadores cuando lo que se cede es una obra protegida por la propiedad intelectual: la traducción literaria o editorial encaja. Una traducción técnica, comercial o jurada no crea una obra original, y va al 21 %.
No, si es una empresa con NIF intracomunitario válido y tú estás dado de alta en el ROI. El servicio se localiza en destino: la factura va sin IVA español, con la mención de inversión del sujeto pasivo, y se declara en el modelo 349. Conviene comprobar el NIF en el VIES antes de emitir, no después.
La operación no está sujeta al IVA español: el artículo 69.Dos nombra expresamente los servicios de traducción, corrección o composición de textos y los prestados por intérpretes cuando el destinatario está fuera de la Comunidad. Esas facturas no van al 349, que es sólo para operaciones intracomunitarias.
El del día del devengo, y queda congelado en la factura: lo dice el artículo 79.Once. Si al cobrar dos meses después llegan más euros o menos, esa diferencia es un resultado financiero y se registra como tal. Cairos guarda el tipo aplicado y calcula la diferencia sola.
Si el 70 % o más de tus ingresos del año pasado llegó con retención, te libras; en cualquier otro caso, hay que presentarlo. Como las agencias extranjeras y los particulares no retienen, un traductor con cartera internacional lo presenta casi siempre. El detalle está en la página del modelo 130.
Sí. Sus facturas entran como gastos con su retención, que declaras en el modelo 111, y puedes imputar cada colaboración al encargo que la generó para saber qué margen te deja de verdad cada proyecto grande.

Tu actividad factura distinto. El programa también.

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