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Cairos para asociaciones

El programa de gestión para asociaciones

Socios que entran y salen, cuotas que se devuelven, donativos que hay que certificar, subvenciones que hay que justificar y una contabilidad que no se parece a la de una empresa. Cairos trae los módulos que un ERP normal no tiene, y no los cobra aparte.

Libro de socios y libro de actasRemesas SEPA y devolucionesModelo 182 de donativos
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214
Socios activos
6.420 €
Cuotas del año
11.800 €
Donativos
4
Recibos devueltos
S-0182Marta Puig Serra · cuota anual30,00 €Cobrada
S-0183Anna Sala Bonet · cuota anual30,00 €Devuelta
D-0041Donativo periódico · 3.er año600,00 €Deduce 45 %
SUB-07Ajuntament · refuerzo escolar12.000 €Por justificar
Lo que obliga la ley

Qué tiene que llevar una asociación por obligación

La Ley Orgánica 1/2002 es corta, pero su artículo 14 le impone cuatro cosas a cualquier asociación, tenga cinco socios o quinientos: una relación actualizada de asociados, un libro de actas, una contabilidad que dé imagen fiel y un inventario de sus bienes. La mayoría de los problemas de una asociación empiezan por no llevar alguna de ellas.

Libro de socios al día

Con las altas y las bajas y sus fechas. No es un listado: es el documento que dice quién tenía derecho a votar en una asamblea, y sin él una impugnación tiene mucho ganado.

Libro de actas

De la asamblea general y de la junta directiva. Es lo primero que pide una administración que te va a conceder una subvención, y lo que acredita quién puede firmar en nombre de la asociación.

Contabilidad que dé imagen fiel

La ley no se conforma con un cuaderno de ingresos y gastos: pide una contabilidad que permita conocer el patrimonio, el resultado y la situación financiera. El plan contable de las entidades sin fines lucrativos tiene su propio formato de cuentas y su memoria.

Impuesto de Sociedades, casi siempre

Sorprende a mucha gente: una asociación es sujeto pasivo del Impuesto de Sociedades aunque no tenga ánimo de lucro. Sólo se libra de presentar el modelo 200 si cumple tres condiciones a la vez, y son más estrictas de lo que parecen.

Libros y cuentas

Los libros que hay que tener, y dónde se legalizan

Los libros de una asociación no se legalizan en el Registro Mercantil, y la ley estatal no obliga a legalizarlos en ningún sitio: se llevan en la asociación y se exhiben cuando los piden. Algunas comunidades autónomas ofrecen diligenciarlos en su registro de asociaciones, así que conviene mirar qué pide la tuya.

Libro o documentoQuién lo exigeDónde va
Relación actualizada de asociadosLey Orgánica 1/2002, art. 14Se lleva en la asociación; se exhibe cuando la piden.
Libro de actasLey Orgánica 1/2002, art. 14De los órganos de gobierno y representación. Igual: se conserva y se exhibe.
Contabilidad de imagen fielLey Orgánica 1/2002, art. 14Diario y cuentas anuales según el plan de entidades sin fines lucrativos.
Inventario de bienesLey Orgánica 1/2002, art. 14El que casi nadie lleva, y va en el mismo artículo que los otros tres.
Cuentas anualesLey Orgánica 1/2002, arts. 14.3 y 34Aprobadas en asamblea. Las de utilidad pública, además, al registro dentro de los seis meses siguientes al cierre, con memoria de actividades.
Registro de voluntarios y seguroLey 45/2015 del Voluntariado, art. 14El registro de altas y bajas y el seguro de accidente y enfermedad son obligatorios; el de responsabilidad civil, cuando lo exija la normativa sectorial.
Cuenta justificativa de cada subvenciónLey 38/2003 General de SubvencionesAl organismo que la concedió, dentro del plazo de justificación.

Cairos lleva el libro de socios, el de actas del órgano de gobierno, el registro de voluntarios con su seguro y la justificación de cada subvención con el gasto imputado.

El día a día

Cómo se lleva hoy y cómo queda con Cairos

La asociación media no tiene un problema de contabilidad. Tiene un problema de continuidad: cada dos años cambia la junta y con ella se va la mitad de la información.

Actividad de una asociación

Sin Cairos

  • El libro de socios es un Excel que llevaba el tesorero anterior.
  • Las cuotas se cobran por transferencia y hay que perseguir a quien no paga.
  • Los certificados de donativo se hacen a mano en enero, uno por uno.
  • El 182 se rellena mirando el extracto del banco y adivinando quién es cada ingreso.
  • La subvención se justifica corriendo, buscando facturas que ya no se sabe dónde están.
  • Nadie sabe si hay que presentar el modelo 200 hasta que llega una carta.

Con Cairos

  • El libro de socios es el mismo para toda la junta, con altas, bajas y fechas.
  • Las cuotas se domicilian: sale un fichero SEPA para el banco y las devoluciones se apuntan solas.
  • Los certificados salen de los donativos ya registrados, con la deducción de cada donante.
  • El 182 se genera del propio registro de donativos, cuadrado con lo cobrado.
  • Cada gasto se imputa a su subvención y se ve qué queda por justificar y cuándo vence.
  • El programa comprueba las tres condiciones del modelo 200 y te dice si estás fuera.
Fiscalidad

Qué paga y qué no paga una asociación

Aquí hay dos preguntas distintas que la gente mezcla: si la asociación está exenta de IVA y si está exenta del Impuesto de Sociedades. Se responden por separado y con reglas que no tienen nada que ver.

IngresoIVAImpuesto de Sociedades
Cuotas de socio fijadas en estatutosExentas si la entidad no tiene ánimo de lucro, sus fines son de los que enumera la ley y no cobra a sus miembros nada distinto de la cuota estatutariaRenta exenta, salvo que den derecho a una prestación propia de una actividad económica
Donativos y aportaciones sin contraprestaciónNo sujetos: no hay operaciónRenta exenta
Subvenciones para la actividad propiaNo sujetas si no retribuyen una operación concretaExentas si financian su objeto o finalidad específica y no una actividad económica
Venta de productos, entradas o servicios a tercerosSujeta al tipo que correspondaRenta no exenta: tributa
Alquiler de un local propioSujeto al 21 % si es local de negocioRenta no exenta
Patrocinio publicitario de una empresaSujeto al 21 %: es publicidad, no un donativoRenta no exenta
Intereses de la cuenta bancariaNo sujetosRenta no exenta, aunque le hayan retenido

La exención de las cuotas está en el artículo 20.Uno.12º de la Ley del IVA, y conviene leerlo con cuidado porque no exige el «carácter social» del apartado Tres: ése es el requisito de otras exenciones, como la deportiva o la de asistencia social. Lo que pide este número es que la entidad esté legalmente reconocida y sin finalidad lucrativa, que sus objetivos sean de naturaleza política, sindical, religiosa, patriótica, filantrópica o cívica, que los servicios se presten a sus propios miembros para conseguir esos fines y que no se cobre por ellos nada distinto de la cuota fijada en los estatutos. Y que aplicarla no distorsione la competencia.

Las tres condiciones para no presentar el modelo 200

Una asociación sólo se libra de presentar el Impuesto de Sociedades si cumple las tres a la vez: que sus ingresos totales no pasen de 75.000 € al año, que los ingresos de rentas no exentas no pasen de 2.000 €, y que todas esas rentas no exentas estén sometidas a retención. Basta con vender camisetas en la fiesta anual por más de 2.000 € para caerse de la exoneración, y casi nadie lo sabe. Cairos lo comprueba con tus números y te avisa.

Los modelos que acabas presentando

ModeloCuándoPor qué
20025 días tras los 6 meses del cierreEl Impuesto de Sociedades, salvo que cumplas las tres condiciones de exoneración.
182EneroLa informativa de los donativos recibidos, para que tus donantes se los deduzcan.
111TrimestralSi tienes personal contratado o pagas a profesionales con retención.
115TrimestralSi alquilas un local para la sede o la actividad.
347FebreroOperaciones con un mismo tercero por encima de 3.005,06 €. Si eres entidad de carácter social, entran también las compras que hagas al margen de la actividad económica.
303 y 390Trimestral y eneroSólo si haces actividades sujetas a IVA; entonces, además, entras en prorrata.
036Cuando se optePara optar por el régimen de la Ley 49/2002, si eres de utilidad pública. Surte efecto en el período impositivo que termine después de presentarlo.

La Ley 49/2002: qué cambia y quién puede acogerse

Es la pregunta que más se repite en cualquier asociación que empieza a recibir donativos, y viene con una confusión de base: no todas las entidades sin ánimo de lucro pueden acogerse. Una asociación sólo entra si está declarada de utilidad pública; una fundación inscrita, en cambio, entra por serlo.

El régimen no se aplica solo: hay que optar por él comunicándolo con el modelo 036, y la opción surte efecto en el período impositivo que termine después de presentarla. Además hay que cumplir la lista de requisitos del artículo 3 —destinar al menos el 70 % de las rentas e ingresos a los fines, en el plazo que va del inicio del ejercicio en que se obtienen a los cuatro años siguientes a su cierre; cargos gratuitos; rendir cuentas— y se comprueban cada año, no una sola vez.

A cambio cambian dos cosas importantes. La primera, que la entidad tributa al 10 % por lo que no esté exento, en vez de al tipo general. La segunda, y la que de verdad mueve dinero, es lo que se deduce quien te dona.

Lo que se deduce tu donante

Un donante persona física deduce el 80 % de los primeros 250 € que dona en el año, y el 40 % del resto. Si lleva dos años seguidos donando a tu entidad una cantidad igual o mayor, ese porcentaje sube al 45 %. Una empresa deduce el 40 %, o el 50 % si es donante recurrente.

Traducido: los primeros 250 € que te dona un particular le cuestan realmente 50 €. Es el argumento más potente que tiene una asociación para pedir, y muy pocas lo usan porque no lo tienen calculado. Cairos lo pone en el propio certificado, para que el donante lo lea.

Las cuotas: el problema real de tesorería

Una asociación con doscientos socios y una cuota de 30 € al año mueve 6.000 €, y se pasa medio año persiguiendo transferencias de treinta euros. La domiciliación bancaria lo resuelve, pero exige tres cosas que un Excel no da: un mandato firmado por cada socio, un fichero SEPA en formato pain.008 que acepte el banco, y llevar la cuenta de las devoluciones.

Cairos genera la remesa con los recibos del periodo, produce el fichero para el banco y, cuando el banco devuelve el fichero de impagados, importa las devoluciones y deja cada recibo en su estado. El socio que lleva dos cuotas devueltas aparece marcado antes de la asamblea, no después.

Justificar una subvención sin sudar

Lo que hunde una justificación no suele ser el gasto: es no poder demostrar qué gasto concreto se pagó con qué subvención, sobre todo cuando hay tres ayudas abiertas a la vez y un mismo alquiler se reparte entre ellas.

En Cairos cada subvención es un expediente con su importe concedido, sus tramos de cobro y su plazo de justificación, y cada factura se imputa a la suya —entera o por porcentaje—. En cualquier momento se ve cuánto queda por justificar y cuántos días faltan. Es la diferencia entre justificar y devolver.

Pruébalo con los socios que ya tienes

Plan gratuito para siempre, sin tarjeta. Y si un día no te sirve, tus datos salen contigo.

Preguntas de asociaciones

Por regla general sí: es sujeto pasivo aunque no tenga ánimo de lucro. Sólo queda exonerada de presentar el modelo 200 si cumple las tres condiciones a la vez —ingresos totales por debajo de 75.000 €, rentas no exentas por debajo de 2.000 € y todas ellas con retención—. Cairos comprueba las tres con tus datos y te avisa si te caes.
Si la asociación no tiene finalidad lucrativa, sus objetivos son de los que enumera la ley —cívicos, filantrópicos, políticos, sindicales, religiosos, patrióticos— y la cuota estatutaria es lo único que cobras a tus socios por los servicios propios de esos fines, están exentas por el artículo 20.Uno.12º de la Ley del IVA. Ese número no exige el «carácter social» del apartado Tres, que es un requisito de otras exenciones distintas. Otra cosa son las entradas a un evento abierto al público o la venta de productos: eso sí lleva IVA.
Sí, con el porcentaje de deducción que le corresponde a cada donante, distinguiendo al donante recurrente del puntual, y con la advertencia de si tu entidad está acogida o no a la Ley 49/2002. De ahí sale también el modelo 182.
Sí, en formato pain.008, que es el que aceptan los bancos españoles, con el identificador de acreedor de la entidad y el mandato de cada socio. Y cuando el banco devuelve impagados, se importan y cada recibo queda en su estado.
El plan gratuito da para eso de sobra, y el libro de socios y el de actas los tienes que llevar igual: la ley no hace excepciones por tamaño. Lo que cambia es que dentro de dos años, cuando cambie la junta, la información seguirá estando.
Sí, y es donde más se nota, porque la utilidad pública trae obligación de rendir cuentas y la opción por la Ley 49/2002. Cairos lleva las cuentas en el formato de entidades sin fines lucrativos y calcula la deducción correcta de cada donativo.
Entonces convives con dos mundos: la parte exenta y la sujeta, y eso significa prorrata de IVA. Cairos la lleva y la regulariza a fin de año, que es exactamente el punto donde una hoja de cálculo se rompe.

Tu asociación no es una empresa pequeña

Es otra cosa, con otros libros, otra fiscalidad y otra gente cada dos años. Cairos está hecho también para eso.

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