El programa de facturación para pintores y decoradores
La pintura es de los pocos trabajos de obra que casi siempre puede facturarse al 10 % en una vivienda, porque lo que se cobra es mano de obra y el material rara vez llega al 40 % del total. Casi siempre no es siempre, y entre acertar y no acertar hay once puntos de IVA en cada factura.
Qué tiene de particular facturar en pintores y decoradores
Un pintor comparte artículos de la Ley del IVA con el resto de la obra, pero cae del lado bueno de casi todos ellos. Conviene saber por qué, porque el día que no caiga hay que darse cuenta a tiempo.
El 10 % se decide por el peso de la pintura
El artículo 91.Uno.2.10º pide tres cosas a la vez para aplicar el tipo reducido en obras de renovación: que el destinatario sea una persona física que use la vivienda para uso particular —o una comunidad de propietarios—, que la construcción de esa vivienda haya terminado al menos dos años antes de empezar el trabajo, y que los materiales que aportes no pasen del 40 % de la base imponible. En pintura el tercero se cumple solo: manda la mano de obra.
El presupuesto se mide en metros y en manos
Metros de pared, metros de techo, cuántas manos, qué preparación —lijado, plastecido, imprimación—, y si hace falta andamio o plataforma. Un presupuesto que dice «pintar el piso: 1.800 €» es el que acaba discutido a mitad de trabajo, y el que no sirve para demostrar cuánto material aportaste.
Al contratista, a veces sin IVA
Cuando pintas como subcontrata dentro de una obra de urbanización, construcción o rehabilitación, la factura va sin IVA por inversión del sujeto pasivo (art. 84.Uno.2º.f). Pero repintar un piso ya terminado para una empresa de reformas no es ninguna de esas tres cosas: eso va con su 21 %. Y el destinatario tiene que comunicarte por escrito que actúa como empresario, como exige el artículo 24 quater del Reglamento del IVA.
A ti no te retienen, y eso cambia el trimestre
La pintura es actividad empresarial, no profesional: tus facturas no llevan retención de IRPF aunque el cliente sea una empresa. Como nadie adelanta nada por ti, el pago fraccionado lo haces tú cada trimestre con el modelo 130. La excepción son los pintores en módulos, que sí soportan una retención del 1 % cuando facturan a otro empresario.
Cómo se lleva hoy y cómo queda con Cairos
El pintor no pierde dinero pintando. Lo pierde en el presupuesto que dio por teléfono y en el IVA que puso al revés.
Foto real de un pintor profesional trabajando dentro de una vivienda española: rodillo con pértiga, cinta de carrocero en los rodapiés y plásticos cubriendo el suelo. Luz natural, sin rostros reconocibles, nada de decorados de banco de imágenes.
Sin Cairos
- El presupuesto se da de palabra, en metros redondos y sin decir cuántas manos.
- Todo se factura al 21 % por costumbre, también la vivienda que iba al 10 %.
- O al revés: se pone el 10 % en una nave, donde no cabe nunca.
- Los botes se compran en tres almacenes y los tickets se quedan en la furgoneta.
- La comunidad paga a noventa días y nadie lleva la cuenta de lo que falta.
Con Cairos
- El presupuesto sale por partidas: preparación, manos, metros y medios auxiliares.
- Cada línea lleva su tipo, y la factura explica por qué va al 10 %.
- El material aportado se ve en el propio presupuesto, que es lo que sostiene el 40 %.
- El ticket del almacén se fotografía al pagarlo y entra con su IVA soportado.
- Los vencimientos por cliente y por comunidad están a la vista, con aviso.
Qué IVA lleva cada trabajo de pintura
El tipo no lo decide el oficio. Lo deciden tres cosas: quién es el cliente, qué antigüedad tiene la vivienda y cuánto pesa el material que pones tú.
| Trabajo | IVA | Por qué |
|---|---|---|
| Pintar el piso de un particular, terminado hace más de dos años | 10 % | Obra de renovación del art. 91.Uno.2.10º: se cumplen los tres requisitos, y el de materiales sin esfuerzo. |
| Pintar la fachada o la escalera de una comunidad de propietarios | 10 % | La comunidad de propietarios está admitida expresamente como destinatario, con esos mismos tres requisitos. |
| Pintar una vivienda entregada hace un año | 21 % | No llegan los dos años desde el fin de la construcción. El cliente es particular, pero eso solo no basta. |
| Pintar una oficina, un local o una nave | 21 % | El tipo reducido es únicamente para vivienda de uso particular. |
| Trabajo donde la pintura que aportas llega al 45 % de la base | 21 % | Se incumple el requisito de los materiales, y se cae la operación entera, no sólo la parte del material. |
| Subcontrata a un contratista dentro de una rehabilitación | Sin IVA · inversión del sujeto pasivo | Art. 84.Uno.2º.f, previa comunicación escrita del destinatario (art. 24 quater del Reglamento). |
| Repintar un piso terminado para una empresa de reformas | 21 % | No es urbanización, construcción ni rehabilitación: queda fuera de la inversión del sujeto pasivo. |
| Pintura industrial, de estructuras o señalización viaria | 21 % | No es obra en vivienda por mucho que se pinte. |
| Alquiler del andamio o de la plataforma sin operario | 21 % | Es un arrendamiento, no una ejecución de obra. |
El requisito que más facturas tumba es el del 40 %, y se mide mal a menudo: es el coste de los materiales que aportas tú frente a la base imponible de la operación, no frente al total con IVA. Un presupuesto que separa mano de obra y material es, además de más claro para el cliente, la prueba de que el tipo estaba bien puesto el día que alguien lo mire.
Los modelos que acabas presentando
| Modelo | Cuándo | Por qué en tu caso |
|---|---|---|
| 303 | Trimestral | Con líneas al 10 % y al 21 % en el mismo trimestre, que es lo normal en pintura. |
| 390 | Enero | El resumen del año. Con dos tipos conviviendo todo el año, es donde se ve si el reparto estaba bien hecho. |
| 130 | Trimestral | Si eres autónomo en estimación directa. Como a ti no te retienen, el pago fraccionado lo haces tú entero. |
| 111 | Trimestral | Oficiales y peones en plantilla, y los profesionales a los que pagues con retención. |
| 115 | Trimestral | El alquiler del local donde guardas material, escaleras y maquinaria. |
| 347 | Febrero | Los almacenes de pintura pasan de 3.005,06 € al año con facilidad. |
Lo que vas a usar de verdad
Al darte de alta como pintura y decoración, Cairos enciende exactamente esto: presupuestos, coste por obra, compras y gastos. Ni almacenes de fabricación ni escandallos que no vas a abrir.
Presupuestos por partidas
Preparación, manos y metros en líneas separadas, cada una con su tipo, y la aceptación del cliente registrada.
Coste por obra
Cada trabajo con su material, sus horas y su margen. Sin eso, el margen se supone.
Gastos del almacén con foto
El ticket se fotografía al pagarlo y entra como gasto con su IVA soportado.
VeriFactu
Registro encadenado y QR en cada factura, incluido también en el plan gratuito.
Cómo se comprueba el 40 % sin discutirlo después
Dos trabajos en el mismo piso, el mismo cliente y el mismo pintor, con resultados opuestos:
- Pintar dos manos en 90 m²: 1.900 € de mano de obra y 480 € de pintura y material. Base imponible 2.380 €, material 20 %. Cumple: 10 %.
- Quitar el gotelé, alisar techos y pintar: 1.600 € de mano de obra y 1.300 € de pasta, malla, imprimación y pintura. Base 2.900 €, material 45 %. No cumple: 21 % sobre el total.
Lo que se va al 21 % en el segundo caso no es el material: es la factura entera. Por eso el reparto entre mano de obra y material no es una decoración del presupuesto, es lo que sostiene el tipo aplicado.
Un matiz que ahorra discusiones: si la pintura la compra el cliente, ese coste no es material aportado por ti ni entra en tu base imponible, así que el porcentaje baja. Es una decisión legítima y frecuente en obras grandes de comunidad, pero conviene dejarla escrita en el presupuesto.
Y una comparación que aclara el sistema entero: una carpintería se enfrenta a este mismo umbral y casi siempre lo incumple, porque el tablero y los herrajes se comen la factura. Mismo artículo, resultado contrario.
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