Pago fraccionado: el adelanto de lo que pagarás al final
No es un impuesto nuevo: es un anticipo que se resta en la declaración anual. Lo interesante es quién está obligado, porque mucha gente lo presenta sin tener que hacerlo.
El ingreso a cuenta que se hace durante el año de un impuesto que se liquida al cierre del ejercicio.
Hay tres modelos según quién seas y en qué régimen estés:
- Modelo 130 — autónomos en estimación directa. El 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos lo pagado en trimestres anteriores y menos las retenciones soportadas.
- Modelo 131 — autónomos en módulos, calculado sobre el rendimiento por índices.
- Modelo 202 — sociedades, en abril, octubre y diciembre.
La regla del 70 %
Un profesional no está obligado a presentar el modelo 130 si al menos el 70 % de sus ingresos del año anterior estuvo sujeto a retención. La lógica: sus clientes ya están adelantando el impuesto por él en sus modelos 111. Se mira el año anterior; en el primer año, el propio ejercicio.
Un ejemplo con números
Autónomo en directa simplificada, a 30 de septiembre:
- Rendimiento acumulado tras el 5 %: 26.600 €
- 20 %: 5.320 €
- Menos lo ingresado en el primer y segundo trimestre y menos las retenciones del año.
Por eso un trimestre malo detrás de uno bueno puede salir a cero: el cálculo es acumulado, no trimestral.
En sociedades, la modalidad del artículo 40.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades —calcular sobre la base imponible del propio periodo— es obligatoria cuando la cifra de negocios del año anterior superó 6.010.121,04 €.
El error que más se repite
Olvidar restar las retenciones que te han practicado. Están para eso: si te retienen el 15 % de todo lo que facturas y además ingresas el 20 % del rendimiento sin descontarlas, estás adelantando dos veces el mismo impuesto.
Dónde sigue esto en Cairos: El modelo 130 y la regla del 70 %.
Términos que van con éste
Casi ningún concepto fiscal se entiende solo. Estos tres son los que más veces aparecen al lado.
Retención de IRPF
El importe que el pagador detrae de una factura o de una nómina y lo ingresa en Hacienda a cuenta del IRPF de quien la cobra.
IRPF y retencionesEstimación directa
El régimen del IRPF en el que el rendimiento de la actividad se calcula restando a los ingresos reales los gastos deducibles reales.
IVAPeriodo de liquidación
El intervalo por el que se calcula y presenta cada autoliquidación: trimestral con carácter general, mensual en supuestos tasados.
Esto, resuelto sin pensar en ello
Cairos lleva las facturas, los libros registro y los modelos de Hacienda con los mismos datos, así que la teoría de esta página se convierte en casillas ya rellenas.
Sin tarjeta y sin permanencia.