Base imponible: el número del que cuelga todo lo demás
Si la base está mal, están mal el IVA, la retención, el libro registro y el 303. Es la casilla que más consecuencias tiene y la que menos se revisa.
El importe total de la contraprestación de una operación antes de aplicarle el IVA: lo que de verdad cobras por tu trabajo o tu mercancía.
El artículo 78 de la Ley del IVA la define como el importe total de la contraprestación de las operaciones sujetas, venga del destinatario o de un tercero. Suena abstracto hasta que se mira qué entra y qué no.
Qué se suma a la base
- Comisiones, portes y transporte, seguros y primas por prestaciones anticipadas que le repercutas al cliente.
- Los envases y embalajes, incluso los susceptibles de devolución.
- Las subvenciones vinculadas directamente al precio de la operación.
- Los tributos que recaigan sobre la operación, salvo el propio IVA.
Qué no se suma
- Los descuentos y bonificaciones concedidos antes o al mismo tiempo que la operación.
- Las indemnizaciones que no sean contraprestación de una entrega o un servicio.
- Los suplidos: lo que pagas en nombre y por cuenta del cliente.
Un ejemplo con números
Una consultoría factura 1.200 €, aplica un descuento del 10 % y le repercute al cliente 40 € de portes de un material:
- 1.200 − 120 + 40 = 1.120 € de base imponible
- IVA al 21 %: 235,20 €
- Retención del 15 % sobre la base: 168 €
- Total a cobrar: 1.120 + 235,20 − 168 = 1.187,20 €
Cuando la base cambia después de emitida la factura —una devolución, un descuento posterior, un impago—, no se corrige a mano: se emite una factura rectificativa, en los términos del artículo 80 de la Ley del IVA.
El error que más se repite
Calcular la retención sobre el total con IVA. La retención de IRPF se aplica siempre sobre la base imponible: con 1.120 € de base son 168 €, no 203,28 €. Ese descuadre de 35,28 € reaparece en el modelo 111 del cliente y otra vez en tu declaración de la renta, y hay que deshacerlo con una rectificativa.
Dónde sigue esto en Cairos: Calcular la base y el IVA de una factura.
Términos que van con éste
Casi ningún concepto fiscal se entiende solo. Estos tres son los que más veces aparecen al lado.
Cuota repercutida
El IVA que añades a la base imponible de tu factura y que le cobras al cliente para ingresarlo después en Hacienda.
FacturaciónSuplido
Una cantidad pagada en nombre y por cuenta del cliente, en virtud de mandato expreso, que se le repercute sin IVA y sin formar parte de tu base imponible.
FacturaciónFactura rectificativa
La factura que corrige a otra ya expedida, en serie específica y con referencia expresa a la factura rectificada.
Esto, resuelto sin pensar en ello
Cairos lleva las facturas, los libros registro y los modelos de Hacienda con los mismos datos, así que la teoría de esta página se convierte en casillas ya rellenas.
Sin tarjeta y sin permanencia.