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Guía

Cómo hacer una factura que no te den la vuelta

No es cuestión de gusto: el reglamento dice exactamente qué tiene que llevar. Aquí están los campos uno a uno, cuándo basta con un ticket —y hasta qué importe, que casi nadie sabe— y los plazos que casi nadie mira.

Con la norma citadaSin cifras inventadasRevisada en agosto de 2026

Los campos de una factura completa

Están en el artículo 6 del Reglamento de facturación, y no admiten interpretación:

  • Número y, en su caso, serie, correlativos.
  • Fecha de expedición, y la de la operación si es distinta.
  • Nombre y apellidos o razón social del emisor y del destinatario.
  • NIF de quien la emite, y del destinatario en los casos que la norma exige: entregas intracomunitarias, inversión del sujeto pasivo y operaciones interiores cuando el destinatario es empresario o profesional.
  • Domicilio de las dos partes.
  • Descripción de la operación, con el precio unitario sin impuesto y los descuentos que no estén incluidos en él.
  • Tipo o tipos impositivos aplicados.
  • Cuota repercutida, consignada por separado. No vale un total con «IVA incluido».

Y las menciones que salvan de un ajuste cuando toca: «inversión del sujeto pasivo», la referencia al precepto que ampara una exención, «facturación por el destinatario», o el régimen especial que corresponda —agencias de viajes, bienes usados, criterio de caja—.

Sin esos campos, tu cliente no puede deducirse el IVA

El reglamento lo dice expresamente: sólo la factura que reúne estos requisitos justifica el derecho a deducir. Una factura incompleta no es un problema tuyo: es un problema de tu cliente, y acaba siéndolo tuyo cuando te la devuelve.

Cuándo basta un ticket, y hasta cuánto

La factura simplificada —lo que todo el mundo llama ticket— se puede emitir hasta 400 € con IVA incluido, y siempre en las facturas rectificativas.

Pero hay una lista tasada de actividades donde el límite sube a 3.000 € con IVA incluido, sin necesidad de pedir autorización a nadie. Es un dato que se ignora mucho y que ahorra trabajo:

Actividades con el límite de 3.000 €
Ventas al por menor, incluso las que hacen fabricantes o elaboradores
Ventas o servicios en ambulancia y a domicilio del consumidor
Transportes de personas y sus equipajes
Hostelería y restauración, salas de baile y discotecas
Peluquerías e institutos de belleza
Utilización de instalaciones deportivas
Revelado de fotografías y estudios fotográficos
Aparcamiento de vehículos y autopistas de peaje
Alquiler de películas, tintorerías y lavanderías
Servicios telefónicos en cabinas o con tarjetas no nominativas

Si tu actividad no está en esa lista, tu tope son 400 €. Y hay operaciones donde nunca cabe una simplificada: entregas intracomunitarias, ventas a distancia, inversión del sujeto pasivo y operaciones realizadas fuera de la Comunidad.

La simplificada lleva menos campos: número y serie, fechas, tu NIF y tu nombre, el tipo de bienes o servicios, el tipo impositivo y la contraprestación total. No lleva los datos del cliente.

Ahora bien: si el destinatario es empresario o profesional y te lo pide para deducirse el IVA, hay que añadirle su NIF, su domicilio y la cuota repercutida por separado. Sin eso, él no deduce.

Numeración y series

La numeración es correlativa dentro de cada serie, y no puede haber huecos. Ésa es toda la regla, y de ella salen las consecuencias:

  • Se pueden usar series separadas cuando haya razones que lo justifiquen: varios establecimientos, operaciones de distinta naturaleza.
  • Es obligatoria una serie propia para las facturas rectificativas, para las que expide un tercero o el destinatario, y para algunos supuestos concretos de inversión del sujeto pasivo.
  • Las completas y las simplificadas tienen cada una su propia numeración correlativa —artículos 6.1.a) y 7.1.a)—, así que en la práctica van en series distintas. El reglamento no impone esa separación con esas palabras, sólo la de los casos de arriba, pero mezclarlas en una sola serie es pedir un descuadre.

Empezar el año en el 1 no es obligatorio, pero es lo habitual y lo más limpio. Lo que no se puede es anular una factura y reutilizar su número: eso deja un hueco, y un hueco en la numeración es lo primero que se mira.

Los plazos que casi nadie mira

Hay dos, y son distintos: uno para expedir la factura y otro para hacérsela llegar al cliente.

QuéCuándo
Expedir, si el cliente es un particularEn el momento de realizar la operación
Expedir, si el cliente es empresario o profesionalAntes del día 16 del mes siguiente al del devengo
Remitirla al clienteEn el mismo momento de expedirla; si es empresario o profesional, antes del día 16 del mes siguiente
Factura recapitulativa de un mesComo máximo el último día del mes; si el cliente es empresa, antes del día 16 del siguiente
RectificativaEn cuanto se detecte el error, y siempre dentro de los cuatro años

Cuando hay que corregir una factura

Con una factura rectificativa, en su serie propia y haciendo referencia a la que corrige. Nunca borrando ni reutilizando el número.

Hay dos formas de expresar la rectificación y las dos son válidas: por diferencias, consignando sólo el importe de la corrección con su signo, o por sustitución, poniendo el importe definitivo e indicando además cuál era el rectificado.

La «factura negativa» no existe

Es una expresión de uso común que no tiene respaldo en la norma. Lo que existe es la factura rectificativa del artículo 15, en serie específica. Que el reglamento permita consignar el importe con su signo es una forma de expresar la rectificación, no un tipo de factura.

Y lo que cambia en 2027

Todo lo anterior seguirá siendo igual. Lo que cambia es con qué emites: desde el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos, el programa con el que factures tendrá que generar un registro encadenado por cada factura, imprimir un código QR y llevar la declaración responsable de su fabricante.

Una plantilla de Word o una hoja de cálculo no pueden hacer eso. Está desarrollado en la página de VeriFactu y en ¿es Excel un sistema informático de facturación?.

Factura bien sin acordarte de la norma

El programa pone los campos, la serie y la numeración. Tú escribes el concepto.

Preguntas frecuentes

Hasta 400 € con IVA incluido con carácter general, y hasta 3.000 € en una lista tasada de actividades que incluye el comercio al por menor, la hostelería, las peluquerías y el uso de instalaciones deportivas, entre otras.
La numeración tiene que ser correlativa dentro de cada serie y sin huecos. Empezar el año en el 1 es lo habitual, pero lo obligatorio es la correlación, no el número de partida.
En el momento de la operación si el cliente es un particular, y antes del día 16 del mes siguiente al devengo si es empresario o profesional. El plazo para hacérsela llegar es el mismo.
No se borra: se rectifica con una factura rectificativa en su serie propia, o se anula dejando constancia. Reutilizar el número deja un hueco en la numeración, y eso es lo primero que se revisa.
Hoy sí, si lleva todos los campos. Desde 2027 no, porque el sistema con el que emitas tendrá que generar registros encadenados y un código QR. Lo explicamos en VeriFactu.

Una factura bien hecha no se discute

Ni con el cliente, ni en una comprobación, ni tres años después.

Sin permanencia · VeriFactu incluido · Soporte en español