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Glosario · Entidades sin ánimo de lucro

Memoria económica: son dos, y no es la misma

Una forma parte de las cuentas anuales y la aprueba la asamblea. La otra se presenta ante Hacienda, tiene plazo propio y sólo la deben las entidades acogidas al régimen de mecenazgo.

Con la norma citadaCon un ejemplo con númerosSin humo
En una frase

El documento en el que una entidad sin ánimo de lucro detalla sus ingresos y gastos del ejercicio, identificados por categorías y por proyectos.

Entidades sin ánimo de lucro · Glosario de Cairos

La memoria de las cuentas anuales

Es una de las piezas de las cuentas anuales: completa, amplía y comenta el balance y la cuenta de resultados. Su contenido lo fija el plan contable aplicable, que para fundaciones estatales y asociaciones declaradas de utilidad pública es el del RD 1491/2011.

La memoria económica de la Ley 49/2002

El artículo 3.10.º de la Ley 49/2002 obliga a las entidades acogidas a ese régimen fiscal a elaborar una memoria económica anual «en la que se especifiquen los ingresos y gastos del ejercicio, de manera que puedan identificarse por categorías y por proyectos, así como el porcentaje de participación que mantengan en entidades mercantiles».

El RD 1270/2003 concreta el contenido y el plazo: se presenta ante la Agencia Tributaria dentro de los siete meses siguientes al cierre del ejercicio. Y dispensa de presentarla —no de elaborarla— a las entidades cuyo volumen total de ingresos no supere 20.000 € y que no participen en sociedades mercantiles.

Un ejemplo de cómo se ordena

Una asociación con 84.000 € de ingresos en el año:

  • Cuotas de socios: 31.000 € · Subvención pública: 40.000 € · Donaciones: 13.000 €
  • Y el gasto abierto por proyectos: escuela de verano 46.200 €, apoyo escolar 28.400 €, estructura 7.900 €

Ese segundo desglose —por proyecto, no por naturaleza— es exactamente lo que la norma pide y lo que casi ninguna contabilidad de asociación está preparada para dar.

El error que más se repite

Presentar el modelo 200 y dar el año por cerrado. Son obligaciones distintas: la declaración del Impuesto sobre Sociedades no sustituye a la memoria económica, ni la memoria a la declaración. Y la de la Ley 49/2002 tiene siete meses de plazo, no seis ni doce.

Dónde sigue esto en Cairos: Contabilidad y obligaciones de una asociación.

Esto, resuelto sin pensar en ello

Cairos lleva las facturas, los libros registro y los modelos de Hacienda con los mismos datos, así que la teoría de esta página se convierte en casillas ya rellenas.

Sin tarjeta y sin permanencia.