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Actualizado el 25 de agosto de 2026

VeriFactu o factura electrónica: no son lo mismo

Es la confusión más extendida del mercado español, y sale cara en las dos direcciones: hay quien se cree obligado a algo que todavía no existe, y quien cree que ya ha cumplido cuando le falta la mitad.

Con la norma citadaSin fechas inventadasFecha de revisión visible
En una frase

Una mira la factura que emites. La otra, cómo se la mandas.

Con esa frase se resuelve el 90 % de la confusión. El resto está en la tabla de aquí abajo.

VeriFactuFactura electrónica obligatoria
De qué ley saleLey 11/2021 antifraude y RD 1007/2023Ley 18/2022 «Crea y Crece» y RD 238/2026
Qué ministerioHaciendaEconomía, con Hacienda en la solución pública
Qué persigueAntifraude: que la factura emitida no se pueda alterarMorosidad: saber cuándo se acepta y cuándo se paga cada factura
Sobre qué actúaSobre tu programaSobre el documento y su transmisión
A quién alcanzaA casi todo el que emite facturas, incluidas las que van a particularesSólo entre empresarios y profesionales
¿Vale el papel?, con el QR impresoNo, en su ámbito
Qué tienes que hacer túUsar un programa que cumplaEmitir y recibir en formato estructurado, e informar del pago
Cuándo1 de enero y 1 de julio de 2027Sin fecha cierta todavía

Y una cosa que las une: VeriFactu alcanza a cualquier sistema con el que se expidan facturas, sean electrónicas o no. Cumplir una no libra de la otra.

Por qué se confunden tanto

Por tres motivos que se refuerzan entre sí.

El primero es que las dos llegaron a la vez y las dos hablan de facturas y de obligaciones nuevas. Para quien no vive de esto, «lo de las facturas y Hacienda» es una sola cosa.

El segundo es la palabra electrónica. VeriFactu obliga a que el registro sea electrónico, no la factura; la otra norma obliga a que lo sea la factura. Es una distinción real y completamente invisible desde fuera.

El tercero, y el más caro, es comercial: se ha vendido mucho «prepárate para la factura electrónica» refiriéndose a VeriFactu, porque suena mejor y porque daba igual a efectos de vender.

Qué te toca a ti, en concreto

Si emites facturas con un programa: te toca VeriFactu, y tiene fecha. Sociedades, el 1 de enero de 2027. Autónomos y entidades en atribución de rentas, el 1 de julio de 2027.

Si además facturas a otras empresas: te tocará la factura electrónica, pero todavía no. El reglamento está publicado y en vigor desde abril de 2026, y sus plazos —doce meses para quien factura más de ocho millones, veinticuatro para el resto— se cuentan desde una orden ministerial que aún no se ha publicado.

Si sólo facturas a particulares: te toca VeriFactu y no te toca la factura electrónica obligatoria, que es sólo entre empresas.

Cuidado con las fechas que leas

De VeriFactu circulan fechas de 2025 y de 2026 que ya no valen: se retrasó dos veces y hoy es 2027. Y de la factura electrónica circulan fechas de 2027 y 2028 que no salen de ninguna norma publicada, sino de un borrador de orden ministerial. Si alguien te da una fecha concreta de la factura electrónica, pregúntale de qué norma la ha sacado.

Qué hacer con esto

Ocuparse de lo que tiene fecha y preparar el terreno para lo que no la tiene. En la práctica son tres cosas, y las tres sirven para las dos normas:

  • Emitir con un programa en vez de con una plantilla. Es el salto de verdad; el formato después es lo de menos.
  • Tener los datos fiscales de tus clientes completos. Una factura estructurada no perdona un NIF mal escrito ni un domicilio a medias.
  • Apuntar cuándo cobras cada factura. Va a ser obligatorio informarlo, y hoy mucha gente no lo tiene en ningún sitio.

Lo que tiene fecha, resuelto

Cairos emite con VeriFactu desde la primera factura, en todos los planes, también en el gratuito.

Preguntas sobre las dos obligaciones

No. Son dos normas distintas, de dos ministerios distintos, con finalidades distintas y calendarios distintos. VeriFactu se ocupa de que la factura que emites no se pueda alterar; la factura electrónica, de en qué formato viaja hasta la otra empresa y de informar de cuándo se paga.
No. El reglamento de la factura electrónica no remite al de VeriFactu —no lo menciona en ningún sitio—, pero es que no hace falta: VeriFactu se aplica a cualquier sistema con el que se expidan facturas, sean electrónicas o no. El programa con el que emitas facturas electrónicas tendrá que ser, además, un sistema conforme.
VeriFactu, con diferencia. Obliga desde el 1 de enero de 2027 a sociedades y desde el 1 de julio de 2027 al resto. La factura electrónica entre empresas todavía no tiene fecha cierta.
No. Esa obligación es sólo entre empresarios y profesionales. Las facturas a consumidores finales quedan fuera.
Para VeriFactu da igual: puedes emitir en papel con su QR y cumples. Para la obligación de factura electrónica, no: hace falta un documento estructurado que una máquina pueda procesar, y un PDF es una imagen de una factura.

Dos obligaciones, dos calendarios

Y una sola cosa que hacer hoy: dejar de facturar con una plantilla.