Modelo 720: los bienes en el extranjero
Cuatro bloques independientes, un umbral de 50.000 € en cada uno y una regla de repetición que casi todo el mundo calcula mal. Y no, el 720 no fue anulado: lo que anuló el Tribunal de Justicia de la Unión Europea fue su régimen sancionador.
Qué es el modelo 720
El modelo 720 es una declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero. No se paga nada por presentarlo: se informa.
Se organiza en cuatro bloques que son cuatro obligaciones independientes, cada uno con su propio umbral de 50.000 €:
- Cuentas en entidades financieras.
- Valores, seguros y rentas: acciones, fondos, seguros de vida con valor de rescate.
- Inmuebles y derechos sobre inmuebles.
- Monedas virtuales, que desde 2023 van en un modelo propio, el 721.
Quién tiene que presentarlo
Los residentes fiscales en España que superen el umbral en alguno de los bloques. Y hay tres reglas que se aplican mal de forma sistemática:
Uno: en cuentas se miran dos saldos
No sólo el saldo a 31 de diciembre, sino también el saldo medio del último trimestre. Basta con que uno de los dos pase de 50.000 € para tener que declarar el bloque entero, incluidas las cuentas de veinte euros.
Dos: no se prorratea por participación
Cada cotitular computa el importe entero, no su parte. Por eso un matrimonio con una cuenta común de 60.000 € está obligado los dos, y casi nadie lo sabe.
Tres: la regla de los 20.000 € no se mide contra el año anterior
Una vez presentado, sólo hay que volver a declarar si el bloque ha subido más de 20.000 € respecto de la última declaración presentada —no respecto del año pasado— o si has perdido la titularidad de algún bien declarado. Se puede estar cinco años sin declarar y tener que hacerlo al sexto por acumulación.
Cuándo se presenta el 720
Con los traslados por fin de semana ya aplicados: cuando el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo termina el siguiente día hábil.
| Periodo | Plazo | Nota |
|---|---|---|
| Ejercicio completo | 1 de enero → 31 de marzo | El mismo plazo para el 720 y para el 721 |
Conviene empezar en enero y no en marzo: pedirle a un banco extranjero el saldo medio del último trimestre no se resuelve en una tarde.
Qué anuló realmente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Es el bulo más extendido sobre este modelo, y conviene aclararlo con precisión.
La sentencia de 27 de enero de 2022 declaró contrarias a la libre circulación de capitales tres consecuencias del incumplimiento, no la obligación de declarar:
- La calificación de los bienes no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas imputables al ejercicio más antiguo no prescrito, con el efecto práctico de convertir la obligación en imprescriptible.
- La multa proporcional del 150 % sobre la cuota.
- Las multas fijas desproporcionadas.
España lo ejecutó con la Ley 5/2022, que derogó esas sanciones y remitió al régimen general de infracciones formales. Es decir:
El 720 sigue siendo obligatorio, y sigue habiendo sanciones, sólo que las generales, muchísimo menores que las de antes. Quien dejó de presentarlo porque «lo tumbó Europa» tiene un problema pendiente.
La exoneración por contabilización
Hay un supuesto que interesa mucho a las empresas: los bienes que estén registrados de forma individualizada e identificada en la contabilidad del titular no hay que declararlos en el 720.
Para una cuenta, eso significa tenerla en la contabilidad con su número, su entidad, su sucursal y su país. Es el único punto donde llevar bien la contabilidad tiene efecto directo sobre una obligación informativa.
Los errores que más se repiten en el 720
El 720 se falla por aritmética, no por mala fe.
Mirar sólo el saldo a 31 de diciembre
En cuentas hay dos agregados, y basta con que el saldo medio del último trimestre pase de 50.000 € para que haya obligación aunque el de fin de año no llegue.
Repartir el saldo entre cotitulares
No se prorratea: cada titular computa el importe entero. Es lo que obliga a declarar a los dos miembros de un matrimonio con una cuenta común.
Medir la subida contra el año anterior
El incremento de 20.000 € se mide contra la última declaración presentada, por lejos que quede. Un año sin obligación no reinicia la cuenta.
Creer que el 720 se anuló
Lo anulado fue el régimen sancionador y la imprescriptibilidad, no la obligación. Sigue habiendo que declarar y sigue habiendo sanciones, las generales.
Captura del ERP: la pantalla del modelo 720
De dónde sale cada número del 720
No hay que volver a teclear nada: el modelo se calcula con las facturas y los gastos que ya has apuntado durante el periodo.
- Cada bloque se calcula por separado, con su propio umbral.
- En cuentas se llevan los dos agregados: saldo a fin de año y saldo medio del último trimestre.
- Los importes van enteros, sin prorratear por porcentaje de participación.
- El programa guarda la línea base de la última declaración presentada, que es lo que hace que la regla de los 20.000 € se calcule bien.
- Y avisa de las bajas: cancelar una cuenta declarada obliga aunque no se pase de ningún umbral.
Y puedes abrir cualquier casilla
Cada importe del modelo se puede desplegar para ver exactamente qué facturas y qué gastos lo componen. Es lo que convierte una cifra en algo que puedes defender si te preguntan.
El 720 sale de lo que ya has apuntado
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Preguntas sobre el modelo 720
Esta ficha es informativa y se revisa cuando cambia la norma o el calendario. No sustituye a tu asesoría: para tu caso concreto, pregúntale a quien conozca tus números.
Que el 720 deje de ser una tarde
Si las facturas y los gastos están dentro, el modelo ya está hecho.
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