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Cobrar cuotas por domiciliación

Es la diferencia entre cobrar el 95 % de las cuotas o el 60 %. Y exige tres cosas que un Excel no da: un mandato firmado, un fichero que el banco acepte y llevar la cuenta de las devoluciones.

Con la norma citadaSin cifras inventadasRevisada en agosto de 2026

El mandato: sin esto no hay domiciliación

El mandato es la autorización firmada por la persona para que cargues en su cuenta. No es una formalidad: es lo que te protege si alguien reclama el cargo, y sin él el cobro es indebido.

Tiene que recoger, como mínimo:

  • Una referencia única del mandato, que después viaja en cada recibo.
  • Quién cobra: tu nombre, tu dirección y tu identificador de acreedor.
  • Quién paga: nombre, dirección e IBAN.
  • Si es un cobro recurrente o único.
  • Fecha y firma de la persona.

El identificador de acreedor

Es un código propio, distinto de tu NIF, que solicitas a tu banco. Sin él no puedes presentar remesas. Se pide una vez y sirve para siempre.

El mandato se conserva mientras dure la relación y, después, el tiempo necesario para poder acreditarlo. Un mandato que lleva 36 meses sin usarse caduca y el acreedor tiene que cancelarlo: si alguien deja de pagar tres años y vuelve, hay que firmar uno nuevo. Los 36 meses se cuentan desde el último adeudo presentado, aunque fuera rechazado o devuelto.

El fichero que acepta el banco

Los recibos no se mandan uno a uno: se agrupan en una remesa y se entrega un único fichero en formato XML pain.008, que es el estándar europeo de adeudos directos.

Dentro va la cabecera con tus datos y tu identificador de acreedor, y después un adeudo por cada recibo, con el IBAN, el importe, el concepto y la referencia del mandato.

Hay dos esquemas y conviene saber cuál usas:

EsquemaPara quiénPlazo de devolución del deudor
COREEl habitual. Vale para particulares y empresas8 semanas sin dar motivo, y 13 meses si el adeudo no estaba autorizado
B2BSólo si el deudor no es un consumidor, y los dos bancos tienen que estar adheridos: el esquema es voluntario y no todos lo ofrecen. Además el deudor confirma el mandato con su bancoNo hay devolución sin motivo: el deudor no tiene ese derecho

Para cuotas de socios el esquema es CORE, prácticamente siempre. Y ese plazo de ocho semanas es el que hay que tener en cuenta: un recibo cobrado en enero puede volver en marzo.

Cuándo hay que presentar la remesa

La remesa se entrega al banco con antelación a la fecha en que quieres que se cargue. El rulebook del European Payments Council fija el plazo entre bancos: el banco del deudor tiene que recibir el adeudo al menos un día hábil interbancario antes de la fecha de cobro —lo que se escribe D-1—, y desde noviembre de 2016 es igual para el primer recibo que para los recurrentes. Ojo, que ése es el plazo entre bancos: el tuyo te va a pedir la remesa antes, y cada uno pone su hora de corte. La regla práctica sigue siendo presentar con varios días hábiles de margen y preguntar la hora límite de tu entidad.

Y hay una obligación que se olvida: avisar al deudor antes del cargo. El mismo rulebook obliga a comunicar el importe y la fecha con al menos 14 días naturales de antelación, salvo que hayáis pactado otro plazo. Para cuotas periódicas del mismo importe basta con anunciarlo una vez, al principio, con el calendario de cargos.

No es sólo cumplir: un socio avisado no devuelve el recibo por sorpresa.

Las devoluciones: lo que de verdad da trabajo

Siempre hay. Y la clave no es evitarlas, es enterarse: el banco devuelve un fichero de impagados, y si nadie lo mira, el socio sigue apareciendo como al corriente durante meses.

Los motivos más habituales:

  • Sin fondos. Se vuelve a intentar, y normalmente se resuelve.
  • Cuenta cancelada o IBAN incorrecto. Hay que pedir el dato nuevo: reintentar no sirve de nada.
  • Devuelto por el deudor dentro de las ocho semanas. Conviene llamar antes de volver a cargar.
  • Sin mandato. Aquí no hay reintento posible: falta la autorización.

Lo que hay que tener montado es el circuito completo: importar el fichero de devoluciones, marcar cada recibo, y que el socio con dos impagos aparezca marcado antes de la asamblea, no después.

Cómo se lleva esto en Cairos

Los tres pasos, sin salir del programa:

  1. Cada socio tiene su mandato con su referencia, su IBAN y su fecha de firma.
  2. Se genera la remesa del periodo con sus recibos, y sale el fichero pain.008 listo para el banco, con el identificador de acreedor y los IBAN sin espacios.
  3. Cuando el banco devuelve impagados, se importa el fichero y cada recibo queda en su estado, con su motivo.

Y funciona igual para las cuotas de una asociación, las fichas de un club o las mensualidades de una academia: es el mismo mecanismo.

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El plan gratuito no pide tarjeta y no caduca.

Preguntas frecuentes

Un código propio, distinto del NIF, que se solicita al banco y que identifica a quien cobra en cada adeudo. Sin él no se pueden presentar remesas. Se pide una vez.
Sí: el mandato. Es la autorización para cargar en su cuenta y es lo que te protege si alguien reclama el cargo. Puede firmarse en papel o electrónicamente.
En el esquema CORE, ocho semanas desde la fecha del cargo sin necesidad de dar motivo. Y hasta trece meses si el adeudo no estaba autorizado por un mandato válido: ése es el plazo que da la ley de servicios de pago para comunicar una operación no autorizada.
El formato XML estándar europeo para presentar adeudos directos al banco. Es lo que hay que entregar para cobrar una remesa de recibos domiciliados.
Un mandato que pasa 36 meses sin ningún adeudo caduca y hay que firmar uno nuevo. Pasa con el socio que se da de baja y vuelve años después.

Cobrar bien es la mitad de llevar una entidad

Y la otra mitad es saber quién no ha pagado antes de que alguien lo pregunte en la asamblea.

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