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Glosario · IVA

Bienes de inversión: la compra que sigue dando cuentas

Deducir el IVA de una furgoneta o de una nave no cierra el asunto. Durante los años siguientes, si tu prorrata se mueve, esa deducción se ajusta.

Con la norma citadaCon un ejemplo con númerosSin humo
En una frase

Los bienes corporales destinados a utilizarse durante más de un año como instrumento de trabajo o medio de explotación, sujetos a una regularización plurianual del IVA deducido.

IVA · Glosario de Cairos

El artículo 108 de la Ley del IVA los define como los bienes corporales, muebles, semovientes o inmuebles que por su naturaleza y función estén normalmente destinados a ser utilizados por un periodo superior a un año como instrumentos de trabajo o medios de explotación.

Y los excluye por abajo: no lo son los de valor de adquisición inferior a 3.005,06 € —el artículo sigue diciéndolo en «quinientas mil pesetas»—, ni los accesorios, repuestos y ropa de trabajo.

La regularización

Artículo 107: la deducción practicada se regulariza durante los cuatro años naturales siguientes al de adquisición —cinco años de vigilancia contando el de la compra—, y durante los nueve siguientes si se trata de terrenos o edificaciones, que son diez en total. Sólo hay que hacerlo si la prorrata definitiva del año difiere en más de diez puntos porcentuales de la del año de compra.

Un ejemplo con números

Una furgoneta de 30.000 € más 6.300 € de IVA, comprada con una prorrata del 60 %:

  • Deducción inicial: 60 % de 6.300 = 3.780 €
  • Al tercer año la prorrata definitiva baja al 40 %: veinte puntos de diferencia, así que hay que regularizar.
  • Ajuste: (3.780 − 2.520) ÷ 5 = 252 € a ingresar en la última declaración de ese año.

Si la prorrata subiera en vez de bajar, el ajuste iría a tu favor. Y si el bien se vende dentro del periodo, la regularización se hace de una vez por los años que queden.

El error que más se repite

Confundir esto con la amortización del IRPF. Son dos mundos distintos: el bien de inversión es una figura del IVA, con su umbral de 3.005,06 € y su regularización de cinco años —diez si es un terreno o una edificación—; la amortización es un gasto del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades con sus propias tablas y sus propios plazos.

Dónde sigue esto en Cairos: Inmovilizado y amortizaciones.

Esto, resuelto sin pensar en ello

Cairos lleva las facturas, los libros registro y los modelos de Hacienda con los mismos datos, así que la teoría de esta página se convierte en casillas ya rellenas.

Sin tarjeta y sin permanencia.